Aeropuerto Internacional Pearson de Toronto. (iStockphoto)

Cambia restricción de viaje para familias de residentes permanentes en Canadá

La Agencia de Servicios Fronterizos de Canadá (ASFP-CBSA por sus siglas en francés e inglés), afirma en un comunicado hecho público este lunes 8 de junio, que el gobierno canadiense sigue determinado en garantizar la salud y la seguridad de los canadienses, y a reducir la propagación de la COVID-19 en Canadá. El gobierno reconoce por otra parte, que las medidas fronterizas temporales instauradas para reducir la propagación de la pandemia, aunque necesarias, han provocado dificultades a ciertas familias. 

En consecuencia, el gobierno ha estado buscando la forma de mantener a las familias unidas, al mismo tiempo que tiene en cuenta la necesidad de mantener una vigilancia constante y de tomar medidas en las fronteras en este momento.   

En su comunicado, la Agencia de Servicios Fronterizos de Canadá anuncia que a partir de este lunes 8 de junio 2020 a las 23:59, hora avanzada del Este, los extranjeros que sean familiares directos de ciudadanos canadienses y de residentes permanentes, que no estén contagiados con la COVID-19 o que no muestran ningún signo o síntoma de la COVID-19 o que no tengan ninguna razón de creer que estén contagiados con la COVID-19, estarán exentos de la prohibición de entrar a Canadá, si entran para estar con un miembro de su familia inmediata por un período de por lo menos 15 días. 

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Los extranjeros que sean admitidos en Canadá en virtud de esta exención deben someterse a una cuarentena de 14 días.

¿Quiénes son los miembros de la familia inmediata?

Se entiende como miembros de la familia inmediata cuando se trata:

  1. De su cónyuge o pareja de hecho
  2. De su hijo a cargo en el sentido del Artículo 2 del Reglamento sobre la Inmigración y la Protección de los Refugiados o de hijo de su esposo(a) o su pareja de hecho
  3. De un hijo a cargo en el sentido del artículo 2 del Reglamento sobre la Inmigración y la Protección de Refugiados de un hijo a cargo mencionado en 2
  4. Del padre o padrastro o madrastra del hijo a cargo o el padrastro o madrastra del cónyuge o pareja de hecho del hijo a cargo o de suegros y suegras
  5. De su tutor  

Se sigue prohibiendo la entrada a Canadá a todos los extranjeros que tengan la COVID-19 o que muestren signos o síntomas de COVID-19.

Esta enmienda no se aplica a los familiares inmediatos de los residentes temporales en Canadá, como las personas que tienen una visa de estudiante o de trabajo.

Aeropuerto Internacional de Calgary, Alberta (iStockphoto).

Si es reconocido como miembro de la familia inmediata

  • Para subir al avión con dirección a Canadá se debe someter a una verificación de su estado de salud, efectuado por la compañía aérea, para confirmar que no presenta ningún síntoma de COVID-19, particularmente fiebre, tos o dificultad para respirar.
  • Debe también informar a la compañía aérea que está exento de las restricciones de viaje.
  • Debe demostrar que viaja a Canadá con fines esenciales (no discrecional) y no por un motivo opcional o no esencial (discrecional), como el turismo, placer o diversión.
  • Debe presentar una prueba que es miembro de la familia inmediata del ciudadano canadiense o del residente permanente en Canadá.
  • Debe asegurarse que tiene una visa y un pasaporte válido para viajar a Canadá por avión.

Para más información y más detalles haga click aquí (Versión francesa e inglesa).

Categorías: Inmigración y Refugiados, Política
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